La activación de la reducción de tiempo de trabajo ha presentado distintos desafíos tanto para empleadores como empleados. Uno de los avances que logró la conciliación entre el Gobierno y la oposición fue la implementación como tal de la reglamentación. Sin embargo, su ejecución no ha estado exenta de complicaciones.
Por Fabián Hernández Mora
A pesar de que algunas compañías ya han comenzado a aplicar la reducción, incluso antes de que la normativa entre en plena vigencia, el presidente de la CUT, David Acuña, menciona que otras “no han logrado implementar este cambio debido a factores operacionales o simplemente porque no desean hacerlo”.
La “polémica” en las modificaciones al artículo 22
Cabe resaltar que el comercio enfrenta desafíos al adaptarse a esta reglamentación, debido a la necesidad de cambiar la jornada laboral de los trabajadores, a raíz de una mayor rigurosidad en la aplicación del artículo 22, inciso segundo así lo expresó el exsubsecretario del trabajo, Fernando Arab: la principal polémica de esta ley se encuentra en las modificaciones al artículo 22 del Código del Trabajo que regulan a los trabajadores exceptuados del límite de jornada.
La abogada especializada en derecho laboral, Daniela Muñoz, afirma que la norma es polémica. Según ella, por un lado, esta regla permite prevenir los abusos que históricamente han afectado a trabajadores a quienes la exclusión no debería aplicarse, pero que las empresas la imponían de todas formas para evitar el pago de horas extras.
Muñoz añade que “es efectivo que hay trabajadores molestos con el cambio, ya que la exclusión les otorgaba una mayor libertad para organizar sus labores de acuerdo con sus horarios o necesidades, y ahora, al estar sujetos al cumplimiento de la jornada, ya no tendrán esas libertades”. La profesional establece que una salida puede ser el pago de horas extras, sin embargo, “muchas empresas están informando que solo compensarán estas con días libres, y no monetariamente, por ende, tampoco recibirán una retribución económica”, explica.
En esa línea, Christian Dresdner, abogado de Derecho Fácil, afirma que una de las novedades o consecuencias inmediatas de la entrada en vigor de la ley es esta restricción con relación al artículo 22, inciso segundo. Dado que su aplicación está restringida, ya no se puede simplemente recurrir a este artículo. Por lo tanto, muchos negocios que no tenían turnos, por ejemplo, tendrán que crear un nuevo sistema de turnos que se ajuste a lo estipulado en dicho apartado normativo.
Medidas para una implementación justa y equitativa
En la actualidad, Chile es uno de los tantos en el mundo que están realizando la transición a 40 horas, tal como lo hicieron algunos países desarrollados de Europa, siendo esta una propuesta innovadora.
Dresdner señala que “tanto los trabajadores como los empleadores debieron haber mantenido conversaciones o diálogos sobre cómo reducir esta hora, pasando de 45 a 44, y cómo aplicar esa reducción en la empresa”.
La Ley señala que debía haber un acuerdo entre ambas partes para la disminución de esta hora. En caso de que no ocurriera un acuerdo entre las partes, el empleador podría disminuir esta hora de manera unilateral. Por último, en el peor de los casos, si no existiese esa conversación, o no hubiese un acuerdo, los trabajadores tienen la facultad de recurrir a la inspección del trabajo y solicitar una fiscalización.
En ese sentido, Muñoz añade que “una medida importante y bien resumida que puedo sugerir es que se generen incentivos por parte de nuestros legisladores, que balanceen el impacto que podría tener la implementación sobre aquellos que se puedan ver más afectados, como es el caso de PYMES, ello puede contribuir a una mayor equidad, junto con que las mismas empresas sean responsables de adaptar sus procesos en la implementación de la ley”.
Lo cierto es que, como menciona Muñoz, “justicia y equidad son conceptos con los que todos soñamos”, pero que algunas entidades buscaron esquivar, por ejemplo, utilizando 12 minutos en el horario de colación para no disminuir una hora directamente.
Empresas, tiempo y productividad
Un estudio realizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) entregó como conclusión que “mientras más horas trabaje una persona, su producción tiende a disminuir”.
Además, la OCDE también menciona que “Dinamarca, Finlandia, Suecia y Noruega están entre los países más productivos del mundo”. En su informe explica que, un trabajador finlandés tiene una producción el doble del valor que un trabajador chileno en una hora de trabajo, mientras que un operario noruego produce más de tres veces el valor que su par chileno”.
La abogada Muñoz comenta que se requiere dejar de lado esa cultura empresarial en que se normaliza el concepto de “trabajo bajo presión, como si eso fuera una habilidad, cuando lo cierto es que no habla bien de la capacidad organizativa de la misma empresa”.
En ese sentido, Dresdner también sostiene que “existe una falsa dicotomía o asociación de ideas con respecto a la ley y a la productividad de las empresas”. Además, argumenta que cada entidad “tiene un proceso productivo según su cultura empresarial, las auditorías y las gestiones internas y no se puede asociar que toda esa línea se va a mermar porque se reduce la jornada laboral en una hora”.
En otras palabras, es un asunto interno y cultural de cada empresa que se pretenda asociar estos conceptos con la entrada en vigor de esta ley.
Desafíos y perspectivas
Según el presidente de la CUT, hay sectores del comercio que afirman que “no se puede llevar a cabo esta activación”. En este sentido, Acuña explica que ya se ha producido un “cambio cultural”.
Por su parte, Daniela Muñoz, está convencida de que “es posible implementarlo y tarde o temprano se demostrará que es factible, porque nos adaptaremos”. Sin embargo, también señala que “esto no significa que el camino vaya a ser fácil, ya que las pequeñas y medianas empresas podrían verse afectadas económicamente, pero, precisamente, insisto en que también podrían beneficiarse con la implementación progresiva”.
Pese a ello, el momento de la plena vigencia llegará y, en ese sentido, Christian Dresdner, advierte que “quizás ya cuando estemos hablando de 40 horas propiamente tal, ahí yo creo que las empresas o van a tener que distribuir su horario de funcionamiento o contratar nuevos trabajadores para suplir más turnos, que es una de las problemáticas que se podría presentar”.
El proceso plantea desafíos tanto en términos de productividad y eficiencia para las compañías como en la gestión del tiempo y el equilibrio entre el trabajo y la vida personal para los trabajadores. En esa línea, una aplicación exitosa de esta ley requiere la capacidad de adaptarse a los cambios que surjan durante su transición.